Núm. Reg.: 060 Fecha: 27/04/2022
En las últimas dos semanas diversas empresas de nuestro sector están recibiendo llamadas agresivas ofreciéndoles la realización de un curso -supuestamente obligatorio- sobre el tema del asunto, por lo que emitimos la siguiente información para conocimiento de todas las empresas asociadas.
- No existe ninguna obligación a realizar un curso sobre ésta materia. Si alguien desea realizar el curso será exclusivamente por su interés propio, en ningún caso por obligatoriedad normativa.
- Sí es cierto que todas las empresas con trabajadores deben disponer de un protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo. El citado protocolo dimana de las obligaciones que estableció en su día la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- El citado protocolo, PARA EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO QUE NO ESTÁN OBLIGADAS A DISPONER DE PLAN DE IGUALDAD (menos de 50 trabajadores), puede ser como el modelo que puede descargar en el siguiente enlace:
- LAS EMPRESAS OBLIGADAS A DISPONER DE PLAN DE IGUALDAD (más de 50 trabajadores) han debido incorporar el protocolo en el citado plan. En todo caso, en el siguiente enlace dispone de un modelo de protocolo específico:
Y, recuerde, en ningún caso es exigible la realización de un curso. La obligación se limita a disponer de protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo.